Galende y Peleas de Abajo podrán mejorar las condiciones de sus préstamos pendientes con el Fondo de Financiación a Entidades Locales

El Gobierno aprueba medidas de revisión de las condiciones financieras de las operaciones pendientes para 85 municipios en España con créditos por 4.223 millones

Ayuntamiento Galende. GOOGLE
Ayuntamiento Galende. GOOGLE

Tres municipios de la Comunidad,San Andrés del Rabanedo, en León, yGalende y Peleas de Abajo, Zamora, podrán beneficiarse de lasmedidas de revisión de las condiciones financierasde las operaciones pendientes con elFondo de Financiación a Entidades Localescon el fin degarantizar su sostenibilidad financiera, que hoy aprobó el Ejecutivo en laComisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE). Estas medidas pueden beneficiar en su conjunto a85 municipios de toda Españay elcapital pendientede los créditos que se vería beneficiado por la medida asciende amás de 4.223 millones de euros.

La medida, decarácter voluntario, tiene como objetivoposibilitar la sostenibilidad financierade las entidades beneficiarias aplicando el mismo planteamiento de losplanes de sostenibilidad financieraque se aprobaron en los acuerdos de laComisión Delegada de 2023 y 2024, “mejorando las condiciones de los préstamos”, informa Ical.

Este nuevo acuerdo, por un lado,aprueba la revisión de las condiciones financierasde esas operaciones ya formalizadas en años anteriores y, por otro lado,establece los requisitosque deben reunir los ayuntamientos que pueden solicitar esta medida, con el fin de que sucarga financiera sea sostenible a medio plazo.

Podrán acogerse los ayuntamientos que, al menos, hayan presentadocon anterioridad al 31 de marzo de 2025, laliquidación del presupuesto de 2024 o de 2023, o lainformación de la ejecución del presupuesto del cuarto trimestre de 2024o elpresupuesto de 2025. Además, estos ayuntamientos deben estar sujetos a unplan de sostenibilidad financiera en vigor, aprobado en aplicación de los acuerdos de la Comisión Delegada deabril y julio de 2023o dejunio de 2024. También pueden los que reunían los requisitos para que les fuera aplicados los anteriores acuerdos, pero que no se acogieron a los mismos, siempre que presenten unnivel de deuda viva a 31 de diciembre de 2023 superior al 110 por ciento de los ingresos corrientes, o que lacuota estimada de los préstamos para 2026sea, como mínimo, el95 por ciento de la cuota correspondiente a 2025. Además, se incluyen los ayuntamientos queno se han beneficiado de las anteriores medidas, aunque se hubiesen podido acoger, y que estáncalificados en riesgo extremopor la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local delMinisterio de Hacienda.

Las mejoras

En concreto, la medida, por un lado, contempla undesplazamiento hasta el 30 de diciembrede los vencimientos que se produzcan entrejunio y octubre de 2025de las operaciones pendientes con el Fondo. Con ese desplazamiento, se producirá unareducción de la cuota de amortización anual en un 50 por ciento.

Asimismo, dentro del marco de revisión de las condiciones financieras que serán aplicables a las operaciones de préstamo vigentes, formalizadas hasta el31 de diciembre de 2024, se contempla unaampliación del plazo de amortización de los préstamos en 10 años adicionalesal actual año de vencimiento.Este plazo será de 20 añospara los municipios que tienen un tipo en elIBI superior al 0,8 por ciento. Estas medidas tendrán como límite el31 de octubre de 2070.

Además, sesuprimirán los períodos de carenciaque estén vigentes antes de la aplicación de este acuerdo.La amortización de principal se iniciará el 31 de octubre de 2026y se extenderá, como máximo, hastael 31 de octubre de 2070. Se establece unsistema de amortización con cuotas crecientes, lo que permitirá a los ayuntamientosgenerar ahorros para afrontar futuros vencimientos. Se mantendránlos tipos de interés que se estuvieran aplicandoen los contratos.

Por otro lado,podrán sustituirse por préstamos las cancelacionespor parte de los ayuntamientos medianteretenciones en su Participación en Tributos del Estado (PTE)para compensar las deudas con cargo alFondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedoreso alFondo de Ordenación, al no haber formalizado los préstamos correspondientes en su momento.

Los ayuntamientos podrán sustituir ese mecanismo de cancelación por lasuscripción de un préstamo con cargo al Fondo de Ordenación. Los préstamos se formalizarían porimporte equivalente al saldo vivo de la deuda. Las condiciones financieras de esas operaciones seránanálogas a las mencionadas anteriormente, y elplazo de amortización sería hasta 31 de octubre de 2060 o de 2070, sinningún período de carencia.

En el caso de que los ayuntamientosno aprueben la formalización de los préstamos, se mantendrá lacancelación mediante retencionesen la PTE. En ambos casos, se instruye alInstituto de Crédito Oficial (ICO)para la gestión financiera de la medida aprobada.

Este conjunto de medidas pretende hacer más sostenibles las cuentas públicasde los ayuntamientos,alargando préstamos y vencimientos, posibilitando lageneración de ahorrosen los próximos años, todo ello encaminado a unamejora de la situación financiera de las Entidades Locales. Se trata de una muestra más delcompromiso del Gobierno con la sostenibilidad económica de las Administraciones Locales, necesaria para seguirprestando servicios esenciales de calidady parafortalecer el Estado de Bienestar”, resumieron desde elMinisterio de Hacienda.

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